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MODELO DE COMPRAVENTA DE VEHÍCULO

Es un modelo muy común y los formatos se venden prácticamente en cualquier tienda. No obstante, un tema simple como una posesión efectiva, como en el presente caso, hace inútil al formato.



CONTRATO DE COMPRAVENTA DE VEHICULO

Convienen en celebrar el presente contrato de compraventa al tenor de las siguientes cláusulas:

PRIMERA.- COMPARECIENTES: Comparecen a la celebración el presente contrato de compraventa de vehículo por una parte en calidad de vendedores los señores



, quienes comparecen por sus propios derechos, en calidad de herederos universales de los bienes dejados por sus difuntos padres, los señores



; y, por otra parte en calidad de compradora la señora

de estado civil DIVORCIADA, por sus propios derechos. Los comparecientes son de nacionalidad ecuatoriana, mayores de edad, domiciliados en el Distrito Metropolitano de Quito, hábiles y capaces para contratar y obligarse.


SEGUNDA.- ANTECEDENTES: De la matrícula cuya copia se adjunta y que corresponde al presente año se desprende que, los señores


, en calidad de herederos universales de los bienes dejados por su difunto padre,

Según acta notarial otorgada el ocho de octubre de dos mil quince, ante la Notaria Décima del cantón Quito; y de los bienes dejados por su difunta madre, señora

según acta notarial otorgada el veintinueve de marzo de dos mil veintidós, ante la Notaria Décima Primera del cantón Quito; son propietarios del vehículo cuyas características son las siguientes:


MARCA: MODELO:

CHASIS: LGWEF3A53CB605906 MOTOR: SJY7141

COLOR: VERDE AÑO: 2012

CLASE: JEEP TIPO: JEEP

PLACAS:


TERCERA.- COMPRAVENTA: Con el antecedente expuesto, los señores


en calidad de herederos universales de los bienes dejados por sus difuntos padres, los señores


, venden y dan en perpetua enajenación a la señorita

el vehículo que se detallado cuyas características son:


MARCA: MODELO:

CHASIS: LGWEF3A53CB605906 MOTOR: SJY7141

COLOR: VERDE AÑO: 2012

CLASE: JEEP TIPO: JEEP

PLACAS:


CUARTA.- PRECIO: Las partes contratantes fijan como justo precio del vehículo materia de presente compraventa la suma de SIETE MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($ 7000,00), que los vendedores declaran recibir de parte de la compradora al contado a su entera satisfacción.


QUINTA.- ACEPTACIÓN: La compradora declara recibir el vehículo descrito, con pleno conocimiento de causa y a su entera satisfacción, es decir que lo adquiere en el estado que se encuentra, por lo tanto renuncia a cualquier reclamo posterior, en relación a su estado mecánico, salvo la existencia de vicios ocultos.

Los vendedores declaran que sobre el vehículo ya descrito no pesa impedimento, ni gravamen de ninguna especie que se oponga a la ejecución del presente contrato, conforme lo demuestran con el certificado emitido por el Señor Registrador Mercantil del Cantón Quito.

Las partes aseguran estar de acuerdo con la negociación celebrada y para constancia firman por triplicado en la ciudad de Quito, a los veinticuatro (24) días del mes de octubre de dos mil veintidós (2022).


VENDEDORES COMPARADORA





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